La Unidad de Espectáculos Públicos del municipio de Sucre procedió a intervenir la fiesta de un matrimonio por exceder el número de invitados, no cumplir normas de biosefuridad y la presencia de niños en esta actividad social, habiendo incumplido las ultimas disposiciones del COEM asi lo afirmo Wilma Bejarano responsable de la unidad de Espectáculos públicos del Municipio.
PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACION DE EVENTO PÚBLICO, PRIVADO Y MASIVO
- Nota dirigida al responsable de espectáculos públicos con un mínimo de 72 horas de anticipación en días hábiles.
- La Unidad de espectáculos podrá otorgar, negar o renovar autorizaciones para espectáculos públicos como: conciertos, fiestas populares, ferias, variedades o diversiones análogas.
- El solicitante deberá elaborar un plan de seguridad (cuando corresponda).
- Copia de C.I. De la persona responsable de la actividad.
- Fotocopia de la licencia de funcionamiento cuando corresponda.
- Croquis de la ubicación de la actividad.
- Llenar el acta de autorización, donde se expondrá la causa y motivo del evento o celebración, duración, lugares previamente señalados.
- Contratación de seguridad física (si corresponde).
- Suscripción de acta de compromiso sobre el cumplimiento de horarios y condiciones establecidas por la unidad de espectáculos públicos.
CONDICIONES GENERALES PARA LA OBTENCIÓN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO
CONDICIONES GENERALES | RESQUISITOS Y PROCEDOMIENTO PAR LA OBTENCION DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO | EN CASO DE ABANDONO DE TRAMITE | VIGENCIA Y RENOVACIÓN DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO |
Ø Todos los establecimientos de expendio y consumo de bebidas alcohólicas, para acceder a la licencia de funcionamiento deberán contar con la infraestructura adecuada. Ø Deberá contar con los servicios básicos. Ø Deberán contar con servicios sanitarios limpios y en funcionamiento. Ø Deberán contar con extintores de. Ø Salida de emergencia debidamente señalizada, cuando corresponda. Ø Botiquín de emergencia.
Ø Sistema de ventilación natural o mecánica según corresponda. Ø Contar con cámaras de seguridad de vigilancia, de acuerdo al espacio y ambientes de la actividad económica. Ø Letrero con la leyenda “TODAS LAS PERSONAS SON IGUALES ANTE LA LEY”. Ø Letreros con las advertencias “EL CONSUMO EXCESIVO DE ALCOHOL ES DAÑINO PARA LA SALUD” Y “PROHIBIDA LA VENTA, EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD”
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Ø Solicitud para el inicio del trámite de obtención de la licencia de funcionamiento por parte del contribuyente en la Unidad de Espectáculos Públicos. Ø Inspección técnica, medición de ambientes y verificación de distancias mínimas por el inspector de la Unidad de Espectáculos Públicos. Ø Para la medición de distancias mínimas se tomará como referencia la puerta principal del establecimiento del impedimento, con relación a la puerta principal de los establecimientos de expendio y consumo de bebidas alcohólicas. Rechazo o aceptación de solicitud por la Unidad de Espectáculos Públicos En caso de aceptación a la solicitud, se emitirá informe técnico de aprobación, y se remitirá a la Dirección de Ingresos para su emisión de licencia de funcionamiento. |
El abandono o desistimiento del trámite en el que incurra el titular por más de 10 días hábiles computables desde el último acto administrativo, merecerá el archivo de la solicitud, debiéndose reiniciar el trámite con la presentación de una nueva solicitud además del cumplimiento de los requisitos específicos establecidos en el artículo 9 del presente Reglamento.
Una vez archivado la solicitud, se notificara mediante cedula al interesado (a) durante 10 días consignándose esta Cedula en el tablero que será colocado en el patio de la Unidad de Espectáculos Públicos.
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La Licencia de Funcionamiento tendrá una vigencia de dos (2) años computables a partir de su emisión, pudiendo ser renovada, de acuerdo al presente reglamento. La solicitud de Renovación de la Licencia de Funcionamiento podrá realizarse 30 días antes de su vencimiento, cumpliendo el siguiente procedimiento y requisitos; a los treinta días posteriores al vencimiento de la Licencia de Funcionamiento, será sancionado de acuerdo al presente reglamento:
Solicitud de Renovación de la Licencia de Funcionamiento ante la Dirección de Ingresos Municipales. Copia de la Licencia de Funcionamiento vigente. Una vez cumplidos los requisitos la Dirección de Ingresos Municipales, emitirá un informe de aprobación y se otorgará la Licencia de Funcionamiento, bajo el mismo número de código, previo pago de valores municipales en la misma. En caso de existir modificaciones a la estructura del establecimiento, se deberá realizar una nueva Inspección técnica, remedición de ambientes, por parte del inspector de la Unidad de Espectáculos Públicos y se remitirá la documentación a la Dirección de Ingresos para el cobro de la Patente Municipal. En caso de rechazo del proceso de renovación de la Licencia de Funcionamiento, se fundamentara mediante informe técnico y se le hará conocer al interesado. En caso de no realizar la renovación de licencia de funcionamiento en el plazo establecido, serán pasible a una sanción de pago de 150 UFV. |