La Dirección de transparencia se rige conforme a lo establecido en la Ley Nº 974, Ley 1390 y el Reglamento de la Dirección de Transparencia y L.C.C. del G.A.M.S., su competencia se encuentra en el Art. 297 de la CPE y la Ley Nº 031 y
ORGANIGRAMA FUNCIONAL
OBJETIVO Y FINALIDAD
Nuestro Objetivo es gestionar denuncias por posibles actos de corrupción y/o negativa injustificada de acceso a la información, llevando a cabo políticas transparentes, así como coordinar el proceso de rendición de cuentas pública con la MAE.
Nuestra Finalidad es promover e implementar políticas y medidas de prevención, transparencia y lucha contra la corrupción.
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Las atribuciones en cuanto a nuestras funciones y atribuciones están establecidas en el Art. 10 de La Ley N° 974.
Las Unidades de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, cumplen sus funciones únicamente en la entidad o empresa pública de las que son parte, salvo las previsiones de coordinación establecidos en la presente Ley.
Las Unidades de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, son independientes en el cumplimiento de sus funciones en la lucha contra la corrupción. En el cumplimiento de las funciones de transparencia y prevención, deberán coordinar con la Máxima Autoridad de la entidad o empresa pública de las que son parte.
GESTION DE DENUNCIA
Las y los ciudadanos que conozcan posibles actos de corrupción deben realizar su denuncia de manera verbal, escrita ante la Dirección de Transparencia y L.C.C. del G.A.M.S. o mediante el Formulario de Denuncia del SITPRECO, con los requisitos establecidos en el Art. 22 de la Ley Nº 974:
I. Las denuncias verbales serán registradas en un Formulario de Denuncia elaborado por el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, en el que se registrará:
II. Las denuncias escritas deberán contener los mismos datos descritos en el Parágrafo precedente.
III. El incumplimiento de alguno de los requisitos señalados en el presente Artículo, dará lugar a la no admisión de la denuncia, sin perjuicio de la posibilidad de presentar una nueva denuncia cumpliendo con los requisitos omitidos.
IV. En caso de denuncias anónimas, las Unidades de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción gestionarán las denuncias si cumplen como mínimo los requisitos establecidos en los numerales 3 y 4 del Parágrafo I del presente Artículo.
DONDE REALIZAR LA DENUNCIA
Puedes realizar tu denuncia dando uso del Sistema SITPRECO, haciendo click en el siguiente botón.
REALIZAR DENUNCIA