La Secretaría Municipal de Ordenamiento Territorial y la Dirección de Regularización del Derecho Propietario, promueve la legalización del derecho propietario de bienes inmuebles, a través de la Ley 247 y la 803, que consiste en adquirir el plano aprobado del bien inmueble, requisito indispensable para obtener la línea nivel aprobada, “la ampliación de plazos, para regularizar el derecho propietario es hasta el mes de junio del 2019, los principales actores son todos aquellos que cuentan con una vivienda propia y se beneficiarán a través de esta ley, los trámites pueden realizarlo en las oficinas de la Subalcaldía del distrito 2, calle Daniel Sánchez Bustamante Nº 152” señaló el Secretario Municipal de Ordenamiento Territorial, Félix Poquechoque.
Una vez que el propietario cuente, con el Derecho Propietario , puede realizar diferentes trámites, como ser el cambio de nombre en catastro, rectificación de la superficie en el testimonio, la inscripción definitiva en derechos reales, además de beneficios como acceder a créditos bancarios, venta de su bien inmueble de manera legal.
Los requisitos que debe presentar el propietario son:
- Testimonio de propiedad
- Documento de posesión continua
- Documento privado de No sobreposición
- Certificado del PROREVI
- Boletas de pago de impuestos del 2007 al 2014
- Fotocopia de Cédula de Identidad
Por otro lado, Poquechoque, indicó que aquellos propietarios que no realicen dicha regularización el inmueble quedará en rústico sin contar con una documentación que acredite su derecho propietario. (Redacción J.M.A.)