EDICTO N° 03/2024
PARA: JOSÉ LUIS MEDINA SÁNCHEZ.
DE: ABOG. ELSA PATRICIA OLIVA NAVARRO AUTORIDAD SUMARIANTE DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SUCRE.
Por el presente EDICTO, en observancia de las previsiones de los arts. 33 Numeral VI., de la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo con relación al inc. d) del art. 38 y 42 del Decreto Supremo N° 27113, En la ciudad de Sucre, del Estado Plurinacional de Bolivia, Provincia Oropeza Departamento de Chuquisaca, a horas 09:48 del día 07 del mes de febrero del año 2024, Notifíquese al Sr.(a): JOSÉ LUIS MEDINA SÁNCHEZ, Quien interpuesto de su tenor se dio por NOTIFICADO. Dentro del proceso administrativo disciplinario, instaurado por el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre en contra de JOSÉ LUIS MEDINA SÁNCHEZ, se cita y emplaza al señor JOSÉ LUIS MEDINA SÁNCHEZ. En atención al AUTO DE CIERRE DE PLAZO PROBATORIO, que establece las representaciones que anteceden y la documentación de respaldo adjunta cada una de ellas, se pasa a transcribir:
Sucre, 30 de enero de 2024
VISTOS:
Reanudado los Plazos Procesales y notificado mediante Edictos; En sujeción al inc. b) del art. 23 del Reglamento de Procesos Administrativos Internos del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre; al haber transcurrido el plazo probatorio de 10 (días) hábiles en consecuencia concluyendo dicho plazo se DISPONE CIERRE DE PLAZO PROBATORIO, con noticia de partes.
Una vez el expediente por orden de prelación elabórese la resolución correspondiente dentro del plazo previsto en el art. 23 inc. c) del Reglamento de Procesos Administrativos Interno del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de sucre
REGISTRASE, CÚMPLASE Y HÁGASE SABER. –
Abog. Elsa Patricia Oliva Navarro.
AUTORIDAD SUMARIANTE TITULAR EN EJERCICIO–G.A.M.S.
En tal sentido conforme al Decreto de fecha 06 de febrero de 2024 que se pasa a transcribir: Sucre, 06 de febrero de 2024
En atención a la representación de anverso y su documentación de respaldo adjunta, se tiene presente lo manifestado por el Oficial de Diligencias, en tal sentido, al no hallarse el procesado JOSÉ LUIS MEDINA SÁNCHEZ, en su domicilio y no tener respuesta a las llamadas telefónicas, para su notificación personal o mediante célula, conforme constan sus datos en obrados, para la realización del nombrado acto procesal; en aplicación del parágrafo III del art. 3 del Reglamento de Notificaciones Electrónicas, se dispone la Notificación del procesado: JOSÉ LUIS MEDINA SÁNCHEZ mediante publicación de acceso público en la página web oficial del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, denominado, www.sucre.bo, en la pestaña de Autoridad Sumariante, Procesos o Resoluciones sea bajo constancia en la página e impresión de la captura de pantalla certificada para su acumulación en el cuaderno procesal.
Se DISPONE la citación mediante edictos para el señor JOSÉ LUIS MEDINA SÁNCHEZ, a fin de conocimiento.
Sucre, 06 de febrero del 2024
Abg. Elsa Patricia Oliva Navarro Abg. Jhoselin Tirado Gómez
AUTORIDAD SUMARIANTE ACTUARIA
G.A.M.S
José Richard Cruz Reynaga
OFICIAL DE DILIGENCIAS