EDICTO N° 06/2022
PARA: CRISTIAN ABEL AGUILAR ORELLNA
DE: ABOG. ELSA PATRICIA OLIVA NAVARRO AUTORIDAD SUMARIANTE DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SUCRE.
Por el presente EDICTO, en observancia de las previsiones de los arts. 33 Numeral VI., de la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo con relación al inc. d) del art. 38 y 42 del Decreto Supremo N° 27113, En la ciudad de Sucre, del Estado Plurinacional de Bolivia, Provincia Oropeza Departamento de Chuquisaca, a horas 11:00 del día 29 de mes de septiembre del año 2022, Notifíquese al Sr.(a):CRISTIAN ABEL AGUILAR ORELLNA, Quien interpuesto de su tenor se dio por NOTIFICADO. Dentro del proceso administrativo disciplinario, instaurado por el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre en contra de CRISTIAN ABEL AGUILAR ORELLNA, se cita y emplaza al señor CRISTIAN ABEL AGUILAR ORELLNA. En atención al AUTO DE EJECUTORIA, que establece las representaciones que anteceden y la documentación de respaldo adjunta cada una de ellas, se pasa a transcribir: Sucre, 28 de septiembre de 2022.
VISTOS:
Habiendo trascurrido el plazo de 3 días hábiles a partir de la notificación conforme al inc. d) del art. 21 del Reglamento de Procesos Internos del Órgano Ejecutivo del G.A.M.S., al no haberse interpuesto Recurso de Revocatoria contra la RESOLUCIÓN FINAL, misma que establece RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA CON SANCION DE DESTITUCION, contra CRISTIAN ABEL AGUILAR ORELLANA PERSONAL DE APOYO – PROGRAMA DELIMITACION TERRITORIAL DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA MUNICIPAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, se procede a DECLARAR LA EJECUTORIA conforme al art. 38 del Reglamento de Procesos Internos del Órgano Ejecutivo del G.A.M.S.
ARTICULO PRIMERO.- Procédase a la notificación del procesado con el presente auto dentro termino de Ley.
ARTÍCULO SEGUNDO. – Remítase al Director de Gestión de Recursos Humanos del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, copias legalizadas de los actuados pertinentes a objeto dar cumplimiento a la sanción impuesta o en su defecto para su registro conforme al artículo primero de la Resolución Final.
ARTÍCULO TERCERO. – Regístrese los datos del proceso en la página de la Contraloría General del Estado, en consecuencia, remítase en el plazo que corresponda copia legalizada de los actuados pertinentes a la Gerencia Departamental de la Contraloría General del Estado y, posterior certificación de cumplimiento emitido por la unidad de Recursos Humanos, a objeto de la cancelación de registro a la Gerencia Departamental de la Contraloría General del Estado.
REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Abog. Elsa Patricia Oliva Navarro.
AUTORIDAD SUMARIANTE TITULAR EN EJERCICIO- GAMS
En tal sentido conforme al Decreto de fecha 16 de septiembre de 2022 que se pasa a transcribir: Sucre, 29 de septiembre de 2022
En atención a la representación de anverso y su documentación de respaldo adjunta, se tiene presente lo manifestado por la Oficial de Diligencias, en tal sentido, al no tener respuesta alguna del procesado CRISTIAN ABEL AGUILAR ORELLNA, para su notificación personal o mediante célula, conforme constan sus datos en obrados y realizados los intentos para contactar con el mismo, para la realización del nombrado acto procesal; en aplicación del art. 2 del Reglamento de Notificaciones Electrónicas, se dispone la Notificación del procesado: CRISTIAN ABEL AGUILAR ORELLNA mediante publicación de acceso público en la página web oficial del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, denominado, www.sucre.bo, en la pestaña de Autoridad Sumariante, Procesos o Resoluciones sea bajo constancia en la página e impresión de la captura de pantalla certificada para su acumulación en el cuaderno procesal.
Se DISPONE la citación mediante edictos para el señor CRISTIAN ABEL AGUILAR ORELLNA, a fin de conocimiento.
Sucre, 29 de septiembre del 2022
Abg. Elsa Patricia Oliva Navarro Abg. Jhoselin Tirado Gómez
AUTORIDAD SUMARIANTE ACTUARIA
G.A.M.S
Jose Richard Cruz Reynaga
OFICIAL DE DILIGENCIAS