EDICTO N° 10/2024
PARA: MARIO ESTEBAN HERRERA LOAYZA.
DE: ABOG. ELSA PATRICIA OLIVA NAVARRO AUTORIDAD SUMARIANTE DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SUCRE.
Por el presente EDICTO, en observancia de las previsiones de los arts. 33 Numeral VI., de la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo con relación al inc. d) del art. 38 y 42 del Decreto Supremo N° 27113, En la ciudad de Sucre, del Estado Plurinacional de Bolivia, Provincia Oropeza Departamento de Chuquisaca, a horas 15:17 del día 10 del mes de junio del año 2024, Notifíquese al Sr.(a): MARIO ESTEBAN HERRERA LOAYZA, Quien interpuesto de su tenor se dio por NOTIFICADO. Dentro del proceso administrativo disciplinario, instaurado por el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre en contra de MARIO ESTEBAN HERRERA LOAYZA, se cita y emplaza al señor MARIO ESTEBAN HERRERA LOAYZA. En atención al AUTO DE EJECUTORIA, que establece las representaciones que anteceden y la documentación de respaldo adjunta cada una de ellas, se pasa a transcribir:
Sucre, 07 de junio de 2024.
VISTOS:
Habiendo trascurrido el plazo a partir de la notificación conforme al inc. e) del art. 23 del Reglamento de Procesos Internos del Órgano Ejecutivo del G.A.M.S., al no haberse interpuesto Recurso Jerárquico contra la RESOLUCIÓN DE RECURSO DE REVOCATORIA, misma que CONFIRMA la RESOLUCIÓN FINAL que establece RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA CON SANCIÓN DE DESTITUCIÓN, contra MARIO ESTEBAN HERRERA LOAYZA, se procede a DECLARAR LA EJECUTORIA conforme al art. 38 del Reglamento de Procesos Internos del Órgano Ejecutivo del G.A.M.S.
ARTÍCULO PRIMERO. – Remítase al Director de Gestión de Recursos Humanos del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, copias legalizadas de los actuados pertinentes a objeto dar cumplimiento a la sanción impuesta o en su defecto para su registro conforme al artículo primero de la Resolución Final.
ARTÍCULO SEGUNDO. – Regístrese los datos del proceso en la página de la Contraloría General del Estado, en consecuencia, remítase en el plazo que corresponda copia legalizada de los actuados pertinentes a la Gerencia Departamental de la Contraloría General del Estado y, posterior certificación de cumplimiento emitido por la unidad de Recursos Humanos, a objeto de la cancelación de registro a la Gerencia Departamental de la Contraloría General del Estado.
REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Abog. Elsa Patricia Oliva Navarro.
AUTORIDAD SUMARIANTE TITULAR EN EJERCICIO- GAMS
En tal sentido conforme al Decreto de fecha 07 de junio de 2024 que se pasa a transcribir: Sucre, 07 de junio de 2024
Sucre, 07 de junio de 2024
En atención a la representación de anverso y su documentación de respaldo adjunta, se tiene presente lo manifestado por el Oficial de Diligencias, en tal sentido, al no hallarse el procesado Mario Esteban Herrera Loayza en su fuente laboral, para su notificación personal o mediante célula, conforme constan sus datos en obrados, para la realización del nombrado acto procesal; en aplicación del parágrafo III del art. 3 del Reglamento de Notificaciones Electrónicas, se dispone la Notificación del procesado: Mario Esteban Herrera Loayza mediante publicación de acceso público en la página web oficial del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, denominado, www.sucre.bo, en la pestaña de Autoridad Sumariante, Procesos o Resoluciones sea bajo constancia en la página e impresión de la captura de pantalla certificada para su acumulación en el cuaderno procesal.
Se DISPONE la citación mediante edictos para el señor MARIO ESTEBAN HERRERA LOAYZA, a fin de conocimiento.
Sucre, 10 de junio del 2024
Abg. Elsa Patricia Oliva Navarro Abg. Jhoselin Tirado Gómez
AUTORIDAD SUMARIANTE ACTUARIA
G.A.M.S
José Richard Cruz Reynaga
OFICIAL DE DILIGENCIAS