La “Ley de Regularización Voluntaria de Deudas Tributarias Municipales”, más conocida como la Ley del Perdonazo, es una realidad donde los contribuyentes podrán condonar sus multas e intereses, más no así los impuestos impagos del capital.
Por ello el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre a través de la Jefatura de Catastro, puso en vigencia el documento de “Declaración Jurada de Bienes Inmuebles para Acogerse a la Ley 098/2017”, donde el contribuyente o propietario de una vivienda, podrá ser beneficiado con el perdonazo al instante. El plazo para acogerse a este beneficio, fenece el 26 de febrero de la gestión 2018.
Es decir que, ratificando su declaración jurada con lo indicado en la última ficha de inspección técnica y la misma no sufrió cambio alguno, podrá acogerse al perdonazo de manera inmediata, reduciendo los plazos establecidos para dicho trámite, obviando la inspección técnica.
Los requisitos son:
- Fotocopia de Carnet de Identidad
- Fotocopia del Folio Real
- Fotocopia de la última ficha de inspección técnica (formularios de Datos Generales del Inmueble).
En caso de pérdida de la Ficha de inspección, se le reimprimirá la última que se tenga en el sistema. Sólo los propietarios de inmuebles podrán realizar este trámite. Mayores informes en las oficinas de Catastro a la línea telefónica del 64-39584.