EDICTO N°04
PARA: JORGE LUIS MITA AVILES.
DE: ABOG. GABRIELA ROMINA VIAÑA PAREDES, AUTORIDAD SUMARIANTE DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SUCRE.
Por el presente EDICTO, en observancia de las previsiones de los arts. 33 Numeral VI., de la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo con relación al inc. d) del art. 38 y 42 del Decreto Supremo N° 27113, En la ciudad de Sucre, del Estado Plurinacional de Bolivia, Provincia Oropeza Departamento de Chuquisaca, a horas 08:40 del día 16 de agosto del año 2021, Notifíquese al Sr.(a): JORGE LUIS MITA AVILES, Quien interpuesto de su tenor se dio por NOTIFICADO. Dentro del proceso administrativo disciplinario Falta Administrativa Disciplinaria, instaurado por el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre en contra de JOSE LUIS ROCHA MEGRETTY, se cita y emplaza al señor JORGE LUIS MITA AVILES. En atención al Auto de Cierre de Plazo Probatorio de fecha 20 de julio de 2021, que establece las representaciones que anteceden y la documentación de respaldo adjunta cada una de ellas se pasa a transcribir: Sucre, 30 de julio de 2021.
VISTOS:
Habiendo sido notificado el último sumariado Jorge Luis Mita Avilés con el actuado procesal Auto Interlocutoria N° 21/2021 en fecha 14 de julio de 2021, computándose el término probatorio de diez (10) días hábiles hasta fecha 29 de julio de 2021, ello en sujeción al inc. b) del art. 23 del Reglamento de Procesos Administrativos Interno del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, en concordancia con el inc. b) art. 22 del Decreto Supremo 23318-A de 3 de noviembre de 1992, de Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública, modificado por el Decreto Supremo No. 26237 de 29 de junio de 2001; dentro del presente proceso administrativo interno, seguido contra José Luis Mita Avilés y otros con relación al presuntas “irregularidades en la adquisición de equipos biomédicos”; a tal efecto por lo brevemente referido al haber transcurrido el plazo probatorio de días (10) hábiles en consecuencia concluyendo dicho plazo en fecha miércoles 29/07/2021 se DISPONE CIERRE DEL PLAZO PROBATORIO, con noticia de partes.
Una vez corriente el expediente elabórese la resolución correspondiente dentro del plazo previsto en el art. 23 inc. c) del Reglamento de Procesos Administrativos Interno del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre.
REGÍSTRESE, CÚMPLASE Y HÁGASE SABER.-
En tal sentido conforme al decreto de fecha 11 de agosto de 2021 se pasa a transcribir: Sucre, 11 de agosto de 2021
En atención a la representación de anverso y su documentación de respaldo adjunta, se tiene presente lo manifestado por la Oficial de Diligencias, en tal sentido, al no hallarse el procesado Jorge Luis Mita Avilés en el domicilio, ni tener respuesta alguna de las llamadas o mensajes que se realizó al número proporcionado por la Dirección de Gestión de RR.HH, para su notificación personal o mediante célula, conforme constan sus datos en obrados y realizados los intentos para contactar con el mismo, para la realización del nombrado acto procesal; en aplicación del art. 8 del Reglamento de Notificaciones Electrónicas, aprobado por Decreto Municipal N° 070/2020 de 30 de octubre de 2020, se dispone la Notificación del procesado: Jorge Luis Mita Avilés mediante publicación de acceso público en la página web oficial del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, denominado, www.sucre.bo, en la pestaña de Autoridad Sumariante, Procesos o Resoluciones sea bajo constancia en la página e impresión de la captura de pantalla certificada para su acumulación en el cuaderno procesal.
Se DISPONE la citación mediante edictos para el señor Jorge Luis Mita Avilés, a fin de conocimiento.
Sucre, agosto 16 del 2021
Abg. Gabriela Romina Viaña Paredes Abg. Bryan Ismael Plaza Illanes
AUTORIDAD SUMARIANTE ACTUARIO
G.A.M.S
Abg. Jhoselin Tirado Gómez
OFICIAL DE DILIGENCIAS